Criterios fondeo embarcaciones CAPITANÍA BARCELONA (Actualizado 7.10.2020)

Tras recientes incidentes con la embarcación de la guardia urbana de Barcelona nos hemos puesto al día con la normativa. Desde 2017 la patrullera de la GU de Barcelona esta multando a toda embarcación que, estando bien fondeada, todos sus ocupantes se han tirado al agua.  Algunas veces se acercan para pedir documentación e informar de que vas a ser sancionado y otras veces hacen fotografía de la matrícula y te llega la multa al cabo de 12 meses.

Pues bien ¿que dice capitanía de Barcelona?
Capitanía alega un documento titulado: CRITERIOS PARA EL FONDEO DE BUQUES Y EMBARCACIONES EN LA PROVINCIA MARÍTIMA DE BARCELONA, FUERA DE LA ZONA DE SERVICIO DEL PUERTO DE BARCELONA. Redactado en 2015, desconocemos si fue publicado en el BOE o si se informó a los usuarios de los puertos náuticos de Barcelona para el cumplimiento de la misma, pero nos imaginamos que no. Así que somos unos cuantos que hemos descubierto esta particularidad de las aguas exteriores del puerto de Barcelona a través de la multa, cómo todo en este país.

Este documento a resumidas cuentas dice que ESTA PROHIBIDO FONDEAR desde el Río Llobregat hasta el Puerto olímpico.

Además que en TODA LA PROVINCIA DE BARCELONA (Cubellas hasta Malgrat de Mar ) se establecen unos criterios para toda aquella embarcación de menos de 24 metros de uso particular y sin animo de lucro. Debe cumplir estos criterios:

– Fondeo inferior a 24h
– Quedar alguna persona a bordo (aunque no tenga titulación de navegación y dando igual la edad)
– De noche se debe señalizar la posición con la luz de horizonte blanca.
– Se prohíbe cualquier tipo de descarga al mar
– Se debe disponer del seguro de RC obligatorio

 

El documento también da instrucciones mas estrictas para el fondeo de embarcaciones de mayor eslora de 24 metros o para las embarcaciones que no son de uso particular tales cómo tener instalado sistema AIS, registrar viento y altura ola en diario navegación, tener a bordo cartas náuticas, etc.

 

Así que para los amantes de las actividades subacuáticas o de la navegación en general en Barcelona cada vez lo tenemos peor. No puedes fondear y tirarte al agua a nadar si no se queda alguien encima, no puedes practicar pesca submarina si no hay alguien encima la embarcación, ni practicar apnea o snorkel, no puedes fondear e irte a la playa o chiringuito para consumir cómo si se hace en el resto de España. Desconocemos cual es el objetivo de esta medida de Capitanía de Barcelona pero lo que esta claro que las multas ya están llegando y son de 200€ con descuento 100€ si pagas en un plazo corto (tardan casi 12 meses en llegarte y las alegaciones no sirven para nada por que todos sabemos que «Ignorantia juris non excusat» aunque sea una medida que creará mucha polémica en Barcelona).

 

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